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03 - Ordenanza Reguladora de la tasa por prestación del servicio de alcantarillado y depuración de aguas. Constituye el hecho imponible de la Tasa la prestación del servicio de evacuación de excretos, aguas negras, residuales y pluviales mediante la utilización de la red del alcantarillado municipal.

Constituye  el  hecho  imponible  de  la  Tasa  la  prestación  del  servicio  de evacuación de excretos, aguas negras, residuales y pluviales mediante la utilización de la red  del  alcantarillado municipal.  Así  como  el  prestado  para  la  conexión  a  la  red  general, una  vez  constatado  que  se  dan  las  condiciones necesarias  para  la  autorización  de  la acometida a la red general. Así como la vigilancia especial de alcantarillas particulares.

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